La Directiva Europea 89/106/CEE de Productos para la Construcción establece que todos los productos fabricados para ser incorporados de forma permanente en obras de construcción, dentro del mercado interior de la UE, han de estar en posesión de su Marcado CE.
El Real Decreto 1630/1992 tiene por objeto establecer las disposiciones necesarias para la aplicación de la citada Directiva, con el fin de regular las condiciones de importación, comercialización y uso de los productos de construcción que garanticen su libre circulación. Asimismo, establece los requisitos esenciales que, en su caso, deben satisfacer los edificios y las obras de ingeniería civil a los que se incorporen productos de construcción, así como las características que los mismos deben cumplir para obtener la Marca CE.
La normativa es de aplicación para aquellos productos de construcción que tengan incidencia sobre los requisitos esenciales de los edificios y las obras de ingeniería civil. A estos efectos, se entiende por «producto de construcción» cualquier producto fabricado para su incorporación con carácter permanente a las obras.
Desde el pasado 1 de julio de 2014, las empresas fabricantes de estructuras metálicas, o sus representantes, están obligados a dar cumplimiento a dicho Real Decreto, que regula las características que deben cumplir estos productos para obtener el Marcado CE según la Norma UNE-EN 1090-1:2011 (Ejecución de estructuras de acero y aluminio. Parte 1: Requisitos para la evaluación de la conformidad de los componentes estructurales).
Por otra parte, se instrumentan sistemas de certificación de conformidad a normas para los productos de construcción, que regulan las condiciones, los procedimientos y las actuaciones a seguir por los fabricantes o sus representantes para que los productos que fabrican, importan o comercializan, sean declarados conformes con las exigencias y documentos establecidos en esta disposición.
Es el propio fabricante el responsable de implementar las medidas y realizar las acciones oportunas para que los productos que comercializa puedan llevar el distintivo del Marcado CE. Para ello, está obligado a establecer, documentar y mantener un Sistema de Control de Producción en Fábrica que le permita asegurar que sus productos son conformes con las características de comportamiento declaradas. Este Sistema ha de ser establecido e implantado conforme a los requisitos de la Norma UNE-EN-ISO 9001 (Sistemas de Gestión de la Calidad), y dar cumplimiento específico a los requisitos de la Norma UNE-EN 1090-1.
Desde PM Consultores, a través de nuestros servicios de asesoramiento y consultoría, ayudamos y apoyamos técnicamente a las empresas del sector de estructuras metálicas a cumplir los requisitos establecidos por la normativa que les es de aplicación en este campo. Y les asistimos en el desarrollo e implantación de un Sistema de Control de la Producción en Fábrica conforme a la Norma UNE-EN 1090-1:2011.
Para ello, nuestra colaboración comprende las siguientes tareas:
1. Primeramente, en función de los productos de construcción fabricados y comercializados por su empresa, identificamos la normativa y los sistemas de evaluación aplicables a los mismos.
2. Establecemos, documentamos y ayudamos a controlar la implantación de un Sistema de Control de la Producción en Fábrica, alcanzando cada fase del proceso productivo, el cual tendrá la finalidad de asegurar que los productos puestos en el mercado son conformes con las características de comportamiento declaradas. Este sistema contemplará un plan y los registros relativos a los ensayos e inspecciones periódicas a realizar, así como un plan para el control de la calidad de las soldaduras -homologación de soldadores, cualificación de procedimientos de soldadura, requisitos de calidad para el soldeo-.
3. Establecemos y definimos con la empresa los Ensayos Iniciales de Tipo que han de ser realizados, ya sea esta actividad desarrollada internamente por la propia empresa o contratada a un Laboratorio externo acreditado.
4. Capacitamos a los responsables de la empresa cliente para que conozcan y puedan controlar el sistema de evaluación de la conformidad aplicable a cada producto y uso.
5. Le acompañamos, prestándole apoyo técnico, durante las auditorías externas de Certificación del Sistema de Control de la Producción en Fábrica, a realizar por un Organismo Notificado. Este organismo es el encargado de otorgar el certificado de conformidad del SCPF para el Marcado CE y de realizar cada año una auditoría de seguimiento.
6. Le orientamos y asesoramos en la elaboración de la Declaración de Conformidad del producto/productos a etiquetar con el Marcado CE.
7. Asimismo le asesoramos en el diseño de la etiqueta de Marcado CE, para los productos fabricados y comercializados por la empresa que cumplan los requerimientos de la Directiva Europea 89/106/CEE de Productos para la Construcción, así como sus Normas Armonizadas.
El Marcado CE permitirá a su empresa comercializar sus productos de construcción dentro todo el mercado interior de la UE, garantizando su libre circulación, y evitará las posibles sanciones económicas, administrativas o de otro tipo penal o civil que se pudieran derivar por la falta del cumplimiento de dicha exigencia legal. Y, desde el punto de vista del mercado, con ello garantizará a sus clientes la calidad y seguridad de los productos que fabrica y comercializa.
Si su empresa pertenece al sector de estructuras metálicas y está pensando en acometer el proyecto de Marcado CE de sus productos de construcción, llámenos sin compromiso o contacte con nosotros vía e-mail. Analizaremos con Vd. las necesidades de su empresa y, si así lo desea, elaboraremos una propuesta de colaboración para que pueda contar con nuestro apoyo y asesoramiento en el desarrollo del proyecto.